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Cosas que quizá no sabías sobre la Iglesia católica (II)

¿Cómo se financia la Iglesia?

La Iglesia católica no es una entidad centralizada en materia económica.

Cada persona jurídica (diócesis, parroquia, instituto de vida consagrada, asociación de fieles, etc) es titular de su propio patrimonio y lo gestiona autónomamente.

Cada cual obtiene sus recursos como puede, de acuerdo con el Derecho canónico y el civil.

Lógicamente, todas la entidades de la Iglesia deben contribuir al sostenimiento de la Santa Sede y de las necesidades universales de la Iglesia.

¿Qué diferencias hay entre los protestantes y los católicos?

Entre los protestantes hay una gran cantidad de comunidades eclesiales diversas.

No pueden ser tratados como una única realidad.

Todavía nos separan diferencias de fe a protestantes y católicos.

Pero es mucho más lo que nos une: la fe en Cristo y el bautismo.

¿Es el Islam tan diferente del catolicismo?

Sí, es radicalmente distinto.

El Islam ignora el misterio de la Trinidad, que es el misterio central de la fe y de la vida cristiana.

Pero la Iglesia mira con afecto a los musulmanes, que

- adoran a Dios, creador del cielo y de la tierra,

- veneran a Jesús como profeta,

- honran a María y

- aprecian la vida moral.

¿Qué tengo que hacer para apostatar?

Rechazar totalmente la fe cristiana (no uno u otro de los artículos del credo sino la fe en su conjunto).

Además manifestarlo de acuerdo con el Derecho de la Iglesia, porque de ese acto se siguen importantes consecuencias jurídicas y se debe dejar constancia.

En concreto, el apóstata queda fuera de la comunión de la Iglesia (ese es el sentido de la “excomunión”).

¿Y para ser excomulgado?

La excomunión es una pena canónica que se impone a un fiel cristiano por la comisión de ciertos delitos graves.

Entre otros,

- la apostasía,

- la profanación de especies consagradas,

- atentar contra el Papa,

- consagrar a un obispo sin mandato de la Santa Sede (el caso Lefebvre),

- violar el sigilo sacramental

- practicar el aborto.

¿Existe oficialmente el rito del exorcismo? ¿Qué se requiere para hacerlo y en qué circunstancias se aplica?

Jesús practicó el exorcismo para liberar a algunas personas del demonio y para constatar la venida del Reino de Dios a este mundo.

La Iglesia ha recibido de Jesús el poder y el oficio de exorcizar.

En el bautismo se practica una forma de exorcismo como parte del rito.

Además, algunos sacerdotes pueden practicarlo cuando es necesario, con permiso del obispo.

Hay que asegurarse de que es un verdadero caso de presencia del Maligno y no, por ejemplo, algún tipo de enfermedad.

¿Cuál es la postura oficial de la Iglesia ahora mismo respecto al purgatorio y al infierno? ¿Existen?

La existencia del purgatorio es una verdad de fe que la Iglesia reconoce a partir de una serie de textos de la Escritura que hablan de un fuego purificador.

También de otros pasajes referidos a la necesidad de orar por los difuntos para que se purifiquen y alcancen la salvación.

Sobre la existencia del infierno hay un apoyo claro en la Escritura.

Jesús habló repetidamente de la “gehenna” y del “fuego que nunca se apaga”.

Está reservado a los que, hasta el fin de su vida, rehúsan creer y convertirse.

¿Puede ir al cielo un no cristiano?

Efectivamente. Cristo murió por todos y desea salvar a todos.

Toda persona que, ignorando el Evangelio de Cristo y su Iglesia, busca la verdad y hace la voluntad de Dios según él conoce, puede ser salvado.

Se puede suponer que esas personas “habrían deseado explícitamente el bautismo” si hubiesen conocido su necesidad.

¿Cómo y por qué se convoca un Concilio?

La convocatoria de un Concilio ecuménico o universal corresponde libremente al Papa.

El Derecho no establece que se celebre en momentos o circunstancias determinadas.

En el Concilio ecuménico se ejerce de modo solemne la potestad del Colegio episcopal, que está formado por todos los obispos junto con el Papa.

Pero la reunión del Concilio no es estrictamente necesario para el Papa.

Puede ejercer su potestad suprema, siempre junto con los obispos, aunque éstos se encuentren dispersos.

¿Existe otro órgano que permita adaptar la moral católica a nuestro tiempo?

La preocupación de la Iglesia no es tanto “adaptar la moral católica a nuestro tiempo” sino “adaptar nuestro tiempo a la ley de Dios”.

Los diez mandamientos expresan deberes fundamentales del hombre hacia Dios y hacia el prójimo.

Son básicamente inmutables; valen siempre y en todas partes.

Sí que cambian las circunstancias sociales y hay que “adaptar” los mandamientos a esas nuevas realidades.

También hay que adaptarse al lenguaje y a la sensibilidad, para entender más y explicarse mejor.

05/11/2010 | lainformacion.com

Por Jorge Otaduy, profesor de Derecho canónico en la Universidad de Navarra.